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Tras el reciente debate y aprobación de la reforma judicial promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, más de 400 jueces y magistrados han solicitado su jubilación. Se acercaron al área de Recursos Humanos del Poder Judicial para iniciar su proceso de retiro.
Antes de que la reforma fuese aprobada, que contempla la elección de jueces y magistrados por voto popular, aproximadamente 200 servidores públicos ya habían solicitado la jubilación anticipada. Sin embargo, tras la declaración oficial del 11 de septiembre, la cifra ha superado los 400 casos.
Fuentes del Consejo de la Judicatura informaron que, a mediados de año, la cifra de solicitudes de retiro se había duplicado en comparación con el año anterior. Además, este lunes, el Diario Oficial de la Federación publicó un acuerdo que reduce la edad mínima para el retiro voluntario de 65 a 55 años, siempre que se cuente con 25 años de servicio.
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Este cambio actualiza un acuerdo anterior del Consejo de la Judicatura de 2015, que establecía una edad mínima de 65 años para la jubilación anticipada. Ahora, jueces y magistrados con entre 55 y 64 años pueden obtener el 45 % de la pensión complementaria si cumplen con los años de antigüedad.
Por ejemplo, un servidor público de 64 años con 35 años de servicio puede obtener hasta el 78 % de la pensión complementaria. Como requisito fundamental, los servidores deben haber sido ratificados en su cargo para solicitar el retiro voluntario.
El nuevo acuerdo busca fijar requisitos claros para acceder a los beneficios de la pensión complementaria. Aquellos que opten por el régimen establecido en el artículo décimo transitorio recibirán una pensión integrada por la que otorga el ISSSTE y una complementaria, según lo dispuesto por el Consejo de la Judicatura Federal.
En el régimen de cuentas individuales, la pensión total incluirá una aportación base de 10 veces el valor de la UMA, complementada por los recursos acumulados.
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La jueza Claudia Elena Hurtado explicó que el nuevo sistema vincula la pensión complementaria con la Ley del ISSSTE, añadiendo como requisito mínimo 25 años de servicio y ratificación en el cargo. Además, mencionó que, en el régimen de cuentas individuales, la edad no es un factor determinante para el retiro si se cuenta con el monto suficiente en la cuenta.
Por su parte, el magistrado Hugo Alejandro Bermúdez señaló que el acuerdo está sujeto al presupuesto anual del Congreso, pero que podría garantizar una pensión complementaria que ayude a los servidores en su transición a la vida civil.
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